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Por Jesús Pando Díaz, abogado penalista

Recibir una denuncia penal o una citación como investigado genera, de forma inmediata, una situación de incertidumbre, inquietud personal y preocupación jurídica plenamente comprensible. En ese momento, la mayoría de las personas desconocen qué implica realmente estar denunciado, qué consecuencias puede tener y, sobre todo, cómo actuar correctamente desde el primer momento para proteger sus derechos.

Desde PANDO ABOGADOS, despacho especializado en Derecho Penal y defensa penal en Madrid, abordamos este tipo de situaciones con un enfoque técnico, estratégico y orientado, siempre que sea jurídicamente viable, a la obtención del archivo del procedimiento penal.

  1. Denuncia penal e investigación: lo esencial que debes saber

En el ordenamiento jurídico español, una denuncia no equivale a culpabilidad. La denuncia es únicamente la puesta en conocimiento de unos hechos ante la autoridad judicial o policial para que se valore si pueden ser constitutivos de delito.

Cuando el Juzgado admite la denuncia, lo habitual es la incoación de Diligencias Previas (arts. 774 y siguientes de la LECrim), fase destinada exclusivamente a determinar:

  • si los hechos revisten carácter delictivo,
  • si existen indicios suficientes,
  • y si procede continuar el procedimiento o acordar su archivo.

Ser citado como investigado implica únicamente que el órgano judicial considera necesario oír a la persona afectada con todas las garantías legales. No supone condena, ni prejuzga el resultado del procedimiento.

  1. ¿Qué consecuencias reales tiene estar investigado?

Conviene aclarar algunos extremos fundamentales:

  • Estar investigado no genera antecedentes penales.
  • No existe sanción ni pena sin sentencia firme.
  • Un procedimiento penal puede archivarse en fase inicial.
  • Rige plenamente la presunción de inocencia (art. 24 CE).

Ahora bien, la experiencia demuestra que una actuación incorrecta en los primeros momentos —especialmente una declaración sin preparación jurídica— puede condicionar negativamente el devenir del procedimiento.

  1. Derechos del investigado: garantías que deben ejercerse con estrategia

Toda persona investigada tiene, entre otros, los siguientes derechos esenciales:

  • Derecho a guardar silencio total o parcial.
  • Derecho a no confesarse culpable.
  • Derecho a abogado desde el primer momento.
  • Derecho a conocer los hechos que se le atribuyen.
  • Derecho a acceder a las actuaciones esenciales.

Estos derechos no son meramente formales. Su correcta utilización exige criterio técnico, conocimiento procesal y experiencia práctica en juzgados penales.

  1. La importancia de una defensa penal experta desde el inicio

Uno de los errores más frecuentes es pensar que “declarar cuanto antes” resolverá la situación. En la práctica penal, no siempre conviene declarar de inmediato.

La decisión de declarar, guardar silencio o responder solo a determinadas preguntas debe adoptarse tras un análisis completo del procedimiento, la denuncia y las pruebas existentes, diseñando una estrategia de defensa adaptada al caso concreto.

Una declaración mal planteada puede:

  • consolidar indicios,
  • cerrar vías de archivo,
  • o dificultar seriamente la defensa posterior.
  1. Alta tasa de archivos: la experiencia marca la diferencia

En PANDO ABOGADOS, una parte muy significativa de los procedimientos penales que asumimos finalizan en archivo en fase de instrucción, gracias a una intervención temprana, técnica y estratégicamente orientada.

Ello se debe, fundamentalmente, a la amplia experiencia penal de su socio director, Jesús Pando, quien:

  • es abogado penalista en ejercicio,
  • cuenta con experiencia previa como Subinspector de la Policía Nacional,
  • y posee un profundo conocimiento práctico del funcionamiento real de las investigaciones policiales y judiciales.

Esta doble vertiente —jurídica y policial— permite anticipar escenarios, detectar debilidades probatorias y orientar la defensa de forma eficaz hacia el sobreseimiento y archivo cuando el caso lo permite.

Dicha experiencia se ve además refrendada por numerosas valoraciones positivas de clientes, que destacan especialmente la capacidad de anticipación, la claridad en la estrategia y la obtención de resultados favorables.

  1. Qué NO debes hacer si estás denunciado o investigado

Es esencial evitar actuaciones que puedan perjudicar tu defensa, como:

  • contactar con la parte denunciante,
  • aportar documentación sin valoración jurídica,
  • declarar sin abogado penalista,
  • minimizar la gravedad del procedimiento,
  • o seguir consejos de terceros ajenos al ámbito jurídico.

Muchas causas penales se complican innecesariamente por decisiones adoptadas sin asesoramiento profesional.

  1. El archivo del procedimiento penal: una opción real y frecuente

Un elevado número de diligencias previas finalizan en archivo, conforme a los arts. 641 y 779.1.1º de la LECrim, cuando:

  • los hechos no son constitutivos de delito,
  • no existen indicios racionales suficientes,
  • o no puede atribuirse autoría penal.

La experiencia demuestra que una defensa penal bien planteada desde el inicio es determinante para alcanzar este resultado.

Ser denunciado o investigado penalmente no implica culpabilidad, pero sí exige una actuación jurídica inmediata, prudente y técnicamente sólida. El proceso penal no admite improvisaciones.

En PANDO ABOGADOS ofrecemos defensa penal integral desde la primera citación, con un enfoque orientado a la protección efectiva de los derechos del investigado y, siempre que sea posible, a la obtención del archivo del procedimiento.

Si has recibido una denuncia, citación judicial o comunicación policial, contacta cuanto antes con un abogado penalista con experiencia real en procedimientos penales.

Jesús Pando Díaz
Abogado Penalista
Socio Director de PANDO ABOGADOS
Calle Alcalá 404 bis, Primera Planta, Local 2 – 28027 Madrid

Pando Abogados

Expertos en Derecho Penal y Procesal. Estudiamos tu caso y tu situación ofreciéndote la mejor alternativa para defender tus intereses

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