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Por Jesús Pando Díaz, abogado penalista

El Gobierno de España ha iniciado la tramitación de un proceso extraordinario de regularización administrativa de personas extranjeras que se encuentren en situación irregular en territorio español.

Este procedimiento, que se aprobará previsiblemente mediante Real Decreto tras su paso por el Consejo de Ministros, se configura como una medida excepcional dentro de la política migratoria y de extranjería.

Desde PANDO ABOGADOS, consideramos oportuno ofrecer una información jurídica clara y actualizada, con base en los datos disponibles hasta la fecha y en fuentes especializadas, advirtiendo expresamente que el contenido definitivo quedará determinado por el texto normativo que finalmente se apruebe.

Naturaleza del proceso de regularización

El proceso anunciado tiene carácter extraordinario y temporal, y estará dirigido a personas extranjeras que, a pesar de encontrarse en situación administrativa irregular, cumplan determinados requisitos objetivos relacionados con su permanencia en España, su conducta y su situación personal.

No se trata de un procedimiento ordinario de extranjería, sino de una medida excepcional, cuya interpretación y aplicación deberán realizarse de forma estricta conforme a la normativa que se apruebe.

Principales requisitos y condiciones (información provisional)

  1. Fecha de entrada en España

Será necesario acreditar haber entrado en territorio español con anterioridad al 31 de diciembre de 2025.

Esta circunstancia deberá justificarse mediante documentación fehaciente, entre otros medios:

  • sellos de entrada en pasaporte,
  • billetes o tarjetas de embarque,
  • certificados de empadronamiento,
  • facturas, informes médicos, envíos de dinero u otros documentos que permitan acreditar la presencia en España.
  1. Permanencia continuada en España

Se exigirá acreditar una permanencia continuada mínima de cinco meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

La prueba de dicha permanencia será un elemento esencial del procedimiento y deberá prepararse con especial cuidado.

  1. Ausencia de antecedentes penales

No podrán acogerse a este proceso las personas que tengan antecedentes penales en:

  • España, o
  • los países en los que hayan residido con anterioridad.

Cuando proceda, será obligatorio aportar certificado de antecedentes penales, debidamente:

  • legalizado o apostillado,
  • y traducido por traductor jurado, si no estuviera en lengua española.
  1. Conducta y situación policial

Además de los antecedentes penales, se valorará la inexistencia de incidencias graves en bases de datos policiales que puedan afectar al orden público, la seguridad o la salud pública.

Este aspecto, aunque menos visible, puede resultar determinante en la admisión o denegación de la solicitud.

  1. Personas solicitantes de asilo

Podrán acogerse a este procedimiento las personas que hayan presentado solicitud de protección internacional (asilo) antes del 31 de diciembre de 2025, siempre que cumplan el resto de los requisitos que se establezcan.

Este punto resulta especialmente relevante para personas que se encuentran actualmente en procedimientos de asilo prolongados o pendientes de resolución.

  1. No exigencia de contrato de trabajo

Según la información disponible hasta el momento, no se exigirá aportar contrato de trabajo ni acreditar medios económicos específicos para la admisión al proceso de regularización.

No obstante, este extremo deberá confirmarse con el texto definitivo del Real Decreto, ya que puede quedar sujeto a matizaciones reglamentarias.

  1. Autorización concedida

La admisión favorable al procedimiento conllevará la concesión de una autorización de residencia y trabajo, con:

  • vigencia inicial de un año,
  • posibilidad de renovación posterior conforme a las vías ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería.

Plazos previstos

De acuerdo con la planificación anunciada:

  • la apertura del procedimiento se prevé para abril de 2026,
  • y el plazo de presentación de solicitudes podría extenderse hasta junio de 2026.

Se trata de plazos orientativos, pendientes de confirmación oficial.

Importancia práctica del proceso

Este procedimiento extraordinario representa una oportunidad jurídica relevante para miles de personas extranjeras que actualmente se encuentran en situación administrativa irregular, permitiendo:

  • el acceso a una situación de residencia legal,
  • la incorporación al mercado laboral formal,
  • y una mayor seguridad jurídica e integración social.

Ahora bien, la correcta preparación de la solicitud y de la documentación acreditativa será determinante para el éxito del procedimiento.

Recomendación profesional

Dado el carácter excepcional del proceso y la previsión de un alto volumen de solicitudes, resulta altamente recomendable:

  • analizar cada caso de forma individualizada,
  • preparar con antelación la documentación,
  • y contar con asesoramiento jurídico especializado en extranjería.

Desde PANDO ABOGADOS, realizamos un seguimiento continuo de la evolución normativa y ofrecemos asesoramiento jurídico integral en materia de Extranjería y Derecho Administrativo, con despacho profesional en Madrid.

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